¿Sufre acoso laboral o sexual en el trabajo en Peñalolén, o su empresa recibió una denuncia? Desde la Ley Karin el empleador está obligado a investigar dentro de un plazo acotado y a adoptar medidas de resguardo desde que recibe la denuncia. Una investigación mal hecha es, en sí misma, un incumplimiento.
Las medidas de resguardo se adoptan desde que la empresa recibe la denuncia, no cuando termina la investigación.
Cada vía tiene su propio plazo y su propio objetivo, y en Peñalolén se elige antes de actuar.
En Peñalolén la elección entre denunciar dentro o fuera tiene consecuencias prácticas.
En Peñalolén una investigación mal hecha refuerza las acciones judiciales posteriores.
En Peñalolén la tutela procede además con relación laboral vigente.
En Peñalolén la confidencialidad del procedimiento es una obligación reforzada.
En Peñalolén su ausencia suele ser el primer punto de una tutela posterior.
En Peñalolén también recibe el informe final de las investigaciones internas.
En Peñalolén los plazos son propios de cada acción y se controlan por separado.
En Peñalolén la imparcialidad de quien investiga es determinante.
En Peñalolén conviene no contactar a la persona denunciante durante el proceso.
En acoso la prueba se construye con registro y la vía se elige con objetivo. Estos son los antecedentes que se revisan en Peñalolén.
En Peñalolén usted decide con la información completa: qué vía existe y qué plazo tiene cada una.
Representamos a quien denuncia, a quien es denunciado y a empresas, con la misma seriedad.
El mismo abogado sigue el caso en todas las sedes, para que la versión sea siempre la misma.
Toda la coordinación —denuncia, investigación, audiencias— se resuelve en un solo canal.
En Peñalolén y comunas vecinas de la Región Metropolitana actuamos ante la sede que corresponda.
Cuéntenos por WhatsApp qué ocurrió y si ya denunció, y le decimos qué vía corresponde.
La Ley Karin cambió el escenario: el empleador dejó de tener la opción de no hacer nada. Está obligado a contar con protocolo, a investigar dentro de un plazo acotado, a adoptar medidas de resguardo desde que recibe la denuncia y a remitir el informe a la Dirección del Trabajo. Cada uno de esos deberes incumplidos es, además, un antecedente que refuerza las acciones judiciales posteriores del trabajador.
En acoso hay tres vías que pueden combinarse, y elegir bien depende de qué busca la persona.
Desde la recepción nacen las obligaciones del empleador, incluidas las medidas.
Asimismo recibe el informe final de las investigaciones internas.
La tutela permite reclamar sin salir; el autodespido supone terminar el contrato.
En cada consulta en Peñalolén definimos primero qué necesita —que el acoso cese, salir con indemnización o ambas— y recién después cuál es la vía adecuada y con qué plazo.
Así se trabaja un caso de acoso acá, desde la primera consulta hasta el cierre.
Escríbanos por WhatsApp contando qué ocurrió, desde cuándo y su comuna dentro de Peñalolén.
Se evalúa cuál vía conviene según lo que usted precisa conseguir.
Se comparece ante la Dirección del Trabajo o el tribunal según corresponda.
Cuando aparece una resolución o un informe, se le explica qué significa.
Estas son las situaciones con las que más nos escriben. Si reconoce la suya, cuéntenos el detalle por WhatsApp.
En Peñalolén conviene registrar desde el primer episodio, no después de un año.
En Peñalolén la confidencialidad del procedimiento es una obligación reforzada.
En Peñalolén no adoptar medidas de resguardo se hace valer después.
En Peñalolén también asesoramos a la empresa que precisa implementarlo.
En Peñalolén el plazo de esa acción es propio y breve.
En Peñalolén la defensa se construye con documentos y contexto verificable.
En Peñalolén conducir la investigación con asesoría externa suele ser lo prudente.
En Peñalolén refuerza tanto la denuncia como las acciones judiciales.
Hay cosas que decide la autoridad y otras que dependen de usted. Estas son las segundas, y en Peñalolén pesan mucho.
Presente la denuncia por escrito y conserve el comprobante de recepción. Desde ese momento nacen las obligaciones del empleador.
Conserve copia de todo lo que aporte a la investigación interna. Es lo que después sostiene una tutela.
Anote la fecha exacta de la denuncia. Es el punto desde el que se cuentan los plazos de la investigación.
Mantenga actualizados sus datos de contacto ante la autoridad y el tribunal.
Si la situación afectó su salud, reúna los informes y el registro de licencias. Documentan el impacto de forma objetiva.
Mantenga una sola versión de los hechos en todas las sedes. Las diferencias se explotan después.
Cubrimos Peñalolén, una comuna diversa que trepa desde el valle hacia la precordillera. Recibimos consultas de todos los sectores de Peñalolén —incluyendo Peñalolén Alto, La Faena, Lo Hermida y San Luis— y en comunas cercanas de la Región Metropolitana. Actuamos ante la Dirección del Trabajo y ante el juzgado de letras del trabajo que corresponda, y coordinamos con anticipación las audiencias que se realizan por videoconferencia. Tanto en Peñalolén Alto como en La Faena, la primera consulta se resuelve por WhatsApp con la reserva que el caso exige.
Si su situación calza mejor con otra de estas materias, revise la que corresponda antes de escribirnos.
Obliga a prevenir, investigar y proteger. Cada deber incumplido es un antecedente en su contra.
Ante la empresa por su canal interno, o directamente ante la Dirección del Trabajo.
Una investigación mal conducida genera responsabilidad propia del empleador.
Son las medidas que la empresa debe adoptar desde que recibe la denuncia para proteger a la persona denunciante: separación de espacios, cambio de dependencia jerárquica, redistribución de funciones u otras adecuadas al caso. Deben ser proporcionales y no pueden perjudicar a quien denunció.
El acoso acreditado puede fundar una tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales, con una indemnización adicional a las del despido, y además un autodespido cuando hace intolerable seguir en el trabajo. Cada acción tiene su propio plazo, y cuál conviene depende de si quiere seguir en la empresa o no.
Documente los defectos del procedimiento: son prueba en las acciones posteriores.
Es represalia. La tutela laboral protege eso, y la denuncia previa es el indicio principal.
Sí. Tiene derecho a ser oído dentro de la investigación y a defenderse en cualquier sede posterior, aportando antecedentes concretos sobre los hechos denunciados. Lo primero es no contactar a la persona denunciante durante el proceso: se lee como presión y agrava la situación.
Medidas de resguardo primero, investigador imparcial, plazo, confidencialidad e informe a la autoridad.
Un episodio aislado o una exigencia legítima de desempeño no configuran acoso.
Sí. También asesoramos a negocios de la comuna en protocolo e investigaciones.
Por WhatsApp: qué ocurrió, desde cuándo, si denunció y qué respuesta obtuvo en Peñalolén.
Indíquenos qué ocurrió y si ya denunció. Le decimos qué vía corresponde y con qué plazo.
Escribir por WhatsAppCubrimos toda la comuna de Peñalolén y su entorno dentro de la Región Metropolitana. La primera consulta se resuelve por WhatsApp.
Aviso: el contenido de esta página es orientación general sobre el acoso laboral y sexual en Chile conforme a la Ley Karin, y no constituye asesoría sobre un caso concreto ni juicio alguno sobre denuncias determinadas. Toda persona tiene derecho a denunciar y toda persona denunciada tiene derecho a defensa. La existencia del acoso la determinan la investigación y, en su caso, el tribunal competente. Para su situación en Peñalolén, escríbanos y la revisamos con los antecedentes a la vista.