¿Sufre acoso laboral o sexual en el trabajo en Santiago, o su empresa recibió una denuncia? Desde la Ley Karin el empleador está obligado a investigar dentro de un plazo acotado y a adoptar medidas de resguardo desde que recibe la denuncia. Una investigación mal hecha es, en sí misma, un incumplimiento.
Escríbanos contando qué ocurrió, desde cuándo y si ya denunció internamente.
Cada vía tiene su propio plazo y su propio objetivo, y en Santiago se elige antes de actuar.
La denuncia se puede presentar ante la propia empresa, por el canal que su protocolo establezca, o directamente ante la Dirección del Trabajo. Debe describir hechos concretos con fechas, no una situación general, porque eso es lo que la investigación va a chequear.
Recibida la denuncia, la empresa debe investigar dentro de un plazo acotado, con imparcialidad y resguardando la confidencialidad, y remitir el informe a la Dirección del Trabajo. Los defectos de ese procedimiento tienen consecuencias propias.
El acoso acreditado puede fundar una tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales, con indemnización adicional, y además un autodespido con las indemnizaciones del despido. Cuál conviene depende del caso y de si la persona quiere seguir en la empresa.
En Santiago los hechos pueden además constituir delito y derivar a sede penal.
En Santiago las medidas se adoptan al recibir la denuncia, no al terminar la investigación.
En Santiago nada impide después ejercer las acciones judiciales.
En Santiago los plazos son propios de cada acción y se controlan por separado.
En Santiago el informe debe remitirse a la Dirección del Trabajo.
Quien es denunciado asimismo tiene derecho a defensa dentro de la investigación y en cualquier sede posterior. Se ejerce aportando antecedentes concretos sobre los hechos denunciados, no descalificando a quien denuncia.
En acoso la prueba se construye con registro y la vía se elige con objetivo. Estos son los antecedentes que se revisan en Santiago.
En Santiago lo que se ofrece es acompañamiento y prueba construida, no un resultado anticipado.
El encargo se define por escrito antes de empezar, incluyendo qué sedes cubre.
El mismo abogado sigue el caso en todas las sedes, para que la versión sea siempre la misma.
Coordina y consulta por WhatsApp directamente con el abogado, sin pasar por una central telefónica.
Cubrimos Santiago y comunas cercanas de la Región Metropolitana, ante la Dirección del Trabajo y el tribunal que corresponda.
Indíquenos si su empresa tiene protocolo y si se adoptaron medidas, y estudiamos el caso.
La Ley Karin cambió el escenario: el empleador dejó de tener la opción de no hacer nada. Está obligado a contar con protocolo, a investigar dentro de un plazo acotado, a adoptar medidas de resguardo desde que recibe la denuncia y a remitir el informe a la Dirección del Trabajo. Cada uno de esos deberes incumplidos es, además, un antecedente que refuerza las acciones judiciales posteriores del trabajador.
En acoso hay tres vías que pueden combinarse, y elegir bien depende de qué busca la persona.
La denuncia ante la propia empresa activa el protocolo: investigación con plazo, medidas de resguardo y remisión del informe. Es la vía natural cuando el canal interno ofrece garantías.
Asimismo recibe el informe final de las investigaciones internas.
Avanzar en una vía no suspende los plazos de las otras.
En cada consulta en Santiago definimos primero qué necesita —que el acoso cese, salir con indemnización o ambas— y recién después cuál es la vía adecuada y con qué plazo.
Así se trabaja un caso de acoso acá, desde la primera consulta hasta el cierre.
Escríbanos por WhatsApp contando qué ocurrió, desde cuándo y su comuna dentro de Santiago.
Se ordena la cronología de los episodios con fechas, lugares y personas presentes.
Se estudia cómo se condujo la investigación y se objeta lo que corresponda.
Mantenemos el contacto por WhatsApp durante todo el proceso, además en las esperas.
Estas son las situaciones con las que más nos escriben. Si reconoce la suya, cuéntenos el detalle por WhatsApp.
En Santiago los testigos de episodios concretos aportan más que los generales.
En Santiago los hechos pueden además constituir delito y derivar a sede penal.
Denunció internamente y la empresa no investigó, lo hizo fuera de plazo o no adoptó medidas de resguardo. Cada uno de esos incumplimientos es un antecedente que refuerza las acciones posteriores.
En Santiago la ausencia de protocolo es un incumplimiento del empleador.
En Santiago conviene conservar todo el expediente de la investigación.
En Santiago conviene no contactar a quien denunció durante el proceso.
En Santiago conducir la investigación con asesoría externa suele ser lo prudente.
En Santiago refuerza tanto la denuncia como las acciones judiciales.
Hay cosas que decide la autoridad y otras que dependen de usted. Estas son las segundas, y en Santiago pesan mucho.
No publique nada del caso en redes sociales. Todo lo publicado puede incorporarse al procedimiento.
Consulte apenas empieza la situación, no cuando ya no la aguanta. Con tiempo se documenta mucho superior.
No exagere ni agregue episodios sin respaldo. Los relatos inflados debilitan los hechos que sí ocurrieron.
Si la investigación no avanza o termina fuera de plazo, documéntelo. Es un incumplimiento que se hace valer.
Respalde mensajes, correos y comunicaciones cuanto antes. Después de salir de la empresa, conseguir ese material es mucho más difícil.
Anote la fecha exacta de la denuncia. Es el punto desde el que se cuentan los plazos de la investigación.
Atendemos Santiago, el casco histórico y centro cívico de la capital. Recibimos consultas de todos los sectores de Santiago —incluyendo el centro histórico, Barrio Yungay, Barrio Brasil y Barrio República— y en comunas cercanas de la Región Metropolitana. Actuamos ante la Dirección del Trabajo y ante el juzgado de letras del trabajo que corresponda, y coordinamos con anticipación las audiencias que se realizan por videoconferencia. Tanto en el centro histórico como en Barrio Yungay, la primera consulta se resuelve por WhatsApp con la reserva que el caso exige.
Si su caso no es de esta materia, entre por la página general o por la específica que corresponda. Todas atienden Santiago.
Es la ley que desde 2024 regula el acoso laboral, el acoso sexual y la violencia en el trabajo. Obliga al empleador a contar con un protocolo de prevención incorporado al reglamento interno, a investigar las denuncias dentro de un plazo acotado, a adoptar medidas de resguardo desde que las recibe y a remitir el informe a la Dirección del Trabajo.
Ante la empresa por su canal interno, o directamente ante la Dirección del Trabajo.
Una investigación mal conducida genera responsabilidad propia del empleador.
Son las medidas que la empresa debe adoptar desde que recibe la denuncia para proteger a la persona denunciante: separación de espacios, cambio de dependencia jerárquica, redistribución de funciones u otras adecuadas al caso. Deben ser proporcionales y no pueden perjudicar a quien denunció.
El acoso acreditado puede fundar una tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales, con una indemnización adicional a las del despido, y asimismo un autodespido cuando hace intolerable seguir en el trabajo. Cada acción tiene su propio plazo, y cuál conviene depende de si quiere seguir en la empresa o no.
Puede acudir a la Dirección del Trabajo, y ese incumplimiento refuerza las acciones judiciales.
Es represalia. La tutela laboral protege eso, y la denuncia previa es el indicio principal.
Lo asumimos con la misma seriedad que la representación del denunciante.
Una investigación mal conducida genera responsabilidad para la empresa.
No todo conflicto laboral es acoso. Lo que lo caracteriza es la reiteración de conductas de maltrato, humillación, aislamiento o agresión dirigidas a una persona, con un efecto sobre su situación laboral o su dignidad. Un episodio aislado o una exigencia legítima de desempeño no configuran acoso, y eso se dice con franqueza.
Sí. Asimismo asesoramos a negocios de la comuna en protocolo e investigaciones.
Mándenos el registro de episodios si lo tiene. Todo queda bajo secreto experto.
Indíquenos qué ocurrió y si ya denunció. Le decimos qué vía corresponde y con qué plazo.
Escribir por WhatsAppCubrimos toda la comuna de Santiago y su entorno dentro de la Región Metropolitana. La primera consulta se resuelve por WhatsApp.
Aviso: el contenido de esta página es orientación general sobre el acoso laboral y sexual en Chile conforme a la Ley Karin, y no constituye asesoría sobre un caso concreto ni juicio alguno sobre denuncias determinadas. Toda persona tiene derecho a denunciar y toda persona denunciada tiene derecho a defensa. La existencia del acoso la determinan la investigación y, en su caso, el tribunal competente. Para su situación en Santiago, escríbanos y la revisamos con los antecedentes a la vista.