En esta materia la prueba la construye el empleador: lo que no quedó firmado ni registrado a su debido tiempo no se reconstruye después en la audiencia.
Desde la revisión de los contratos hasta la audiencia de juicio, con la misma persona a cargo.
Asumimos la representación de la empresa desde la notificación hasta la sentencia. La contestación se presenta por escrito antes de la audiencia preparatoria y es la pieza que fija toda la defensa: lo que no se alega ahí, después no se puede incorporar.
El momento en que más se juega una empresa es el término del contrato. Revisamos la causal, redactamos la carta con hechos precisos, calculamos las indemnizaciones y coordinamos la comunicación a la Inspección del Trabajo dentro del plazo legal.
Ante una visita o un requerimiento de la Dirección del Trabajo, lo que se revisa es documental: contratos, registro de asistencia, pago de cotizaciones, reglamento interno depositado y protocolos vigentes. Preparamos la comparecencia y la respuesta.
Una resolución de multa admite reconsideración administrativa ante la propia Dirección del Trabajo y, en subsidio, reclamación judicial ante el juzgado de letras del trabajo, con plazo contado en días hábiles. Las micro y pequeñas empresas pueden además pedir la sustitución por capacitación.
La Ley 21.643 obliga a tener un protocolo de prevención del acoso laboral, sexual y de la violencia en el trabajo, y a investigar toda denuncia dentro del plazo legal, remitiendo el resultado a la Dirección del Trabajo. No investigar es en sí mismo una infracción.
Las empresas que superan la dotación que fija la ley deben tener reglamento interno de orden, higiene y seguridad, depositado ante la autoridad y entregado a cada trabajador. Sin él, no hay sanción interna que se sostenga en juicio.
La tutela por vulneración de derechos fundamentales es la acción de mayor exposición económica para una empresa, porque suma a las indemnizaciones ordinarias una indemnización adicional que la ley fija en un rango de remuneraciones. Se defiende acreditando la proporcionalidad de la medida.
La empresa principal responde por las obligaciones laborales de sus contratistas, y esa responsabilidad se limita si ejerce oportunamente los derechos de información y de retención. La diferencia entre responder solidaria o subsidiariamente depende de eso.
El finiquito debe constar por escrito y ratificarse ante ministro de fe para tener poder liberatorio. Un finiquito mal otorgado no cierra nada: el trabajador puede demandar igual y la empresa pierde la única defensa que tenía preparada.
En Chile preferimos explicar la exposición real de la empresa antes que prometer un resultado que nadie puede garantizar.
Antes de asumir se define por escrito qué comprende el encargo y cuánto cuesta, distinguiendo la asesoría permanente de la defensa de una causa concreta.
La persona que revisa los contratos es la que comparece en la audiencia preparatoria y en la de juicio.
La empresa coordina y consulta por WhatsApp con el abogado, sin pasar por una central telefónica.
Atendemos empresas de Chile y comunas cercanas de la Región Metropolitana, ante el juzgado de letras del trabajo que corresponda.
Cuéntenos por WhatsApp qué le notificaron, cuántos trabajadores tiene la empresa y en qué etapa está el asunto.
Casi toda la exposición de una empresa en materia laboral se decide antes del conflicto, en documentos que cuestan poco y se postergan: el contrato firmado, el anexo por el cambio de funciones, el reglamento depositado, el registro de asistencia y el comprobante de las cotizaciones. Cuando llega la demanda, esos papeles ya no se pueden fabricar, y la defensa trabaja con lo que exista.
Un procedimiento claro, sin tecnicismos innecesarios y sin etapas que aparezcan después.
Escríbanos por WhatsApp indicando el rubro de la empresa, cuántos trabajadores tiene y qué le notificaron en Chile.
Revisamos contrato, anexos, carta de despido, registros de asistencia y comprobantes de cotizaciones.
Se prepara la contestación y se define qué se discute: los hechos, la causal o los montos.
Le informamos qué se resolvió, qué viene después y con qué plazo, sin que tenga que averiguarlo.
Cada materia tiene su propia página por comuna, con el detalle del procedimiento que corresponde.
La visión general de la materia, con todas las áreas que asumimos.
Abogado despido injustificado en las 94 comunas del sitio.
Abogado de autodespido en las 94 comunas del sitio.
Abogado tutela laboral en las 94 comunas del sitio.
Abogado acoso laboral en las 94 comunas del sitio.
Abogado accidentes del trabajo en las 94 comunas del sitio.
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Abogado trabajadora de casa particular en las 94 comunas del sitio.
Abogado contrato a honorarios en las 94 comunas del sitio.
Elija su comuna entre las 94 que cubre el sitio y entre a la página con el detalle de esta materia, el tribunal competente y cómo iniciar la consulta.
El plazo es legal, se cuenta en días hábiles antes de la audiencia preparatoria y no se prorroga por acuerdo de las partes ni se suspende por cambio de abogado. La contestación se presenta por escrito y es la pieza que fija toda la defensa: lo que no se alega ahí no se puede incorporar después.
Depende de si se trata de una asesoría preventiva permanente o de la defensa de una causa concreta, de la cantidad de trabajadores involucrados y de la etapa en que esté el asunto. El alcance y el valor se acuerdan por escrito antes de asumir, distinguiendo con claridad una cosa de la otra.
Es lo primero que alega una demanda por despido injustificado, porque contradice el fundamento mismo de la causal. Si la necesidad invocada era real, tiene que poder acreditarse con antecedentes objetivos del negocio. Contratar enseguida en el mismo cargo deja a la empresa en una posición muy difícil de sostener.
Si al momento del despido las cotizaciones previsionales no están pagadas, el término del contrato no produce el efecto de ponerle fin y la obligación de remunerar sigue corriendo hasta que se convalide pagando lo adeudado y comunicándolo al trabajador. Es la partida que más crece con el tiempo y la más fácil de evitar.
No. La empresa queda vinculada a la causal y a los hechos que escribió en la carta de despido, y en juicio no puede invocar otros distintos. Por eso la carta se redacta con hechos concretos, con fecha y detalle, y no con fórmulas generales copiadas de un modelo.
Hay dos vías: la reconsideración administrativa ante la propia Dirección del Trabajo y la reclamación judicial ante el juzgado de letras del trabajo, esta última con consignación de una parte de la multa. Ambas tienen plazo breve contado en días hábiles desde la notificación, así que la vía se decide temprano.
Obliga a tener un protocolo de prevención del acoso laboral, sexual y de la violencia en el trabajo incorporado al reglamento interno, a adoptar medidas de resguardo apenas se recibe una denuncia, a investigarla dentro del plazo legal y a remitir el resultado a la Dirección del Trabajo. No investigar es una infracción por sí sola.
Es la acción por vulneración de derechos fundamentales y es la de mayor exposición económica para una empresa, porque suma a las prestaciones ordinarias una indemnización adicional que la ley fija en un rango de remuneraciones. La defensa pasa por acreditar la proporcionalidad de la medida que se adoptó.
La empresa principal responde por las obligaciones laborales y previsionales de sus contratistas. Esa responsabilidad es solidaria, pero se limita a subsidiaria si la empresa ejerció oportunamente los derechos de información y de retención sobre los pagos. Documentar esos requerimientos es lo que marca la diferencia.
Es obligatorio a partir de la dotación que fija la ley, y debe estar depositado ante la autoridad y entregado a cada trabajador. Su utilidad práctica es que sin reglamento vigente no hay sanción interna que se sostenga ante el tribunal: no se puede sancionar por una conducta que ningún documento describe.
Sí. Atendemos empresas de su comuna y comunas cercanas de la su región, compareciendo ante el juzgado de letras del trabajo que corresponda según el lugar donde se prestaron los servicios. Lo confirmamos antes de asumir, porque define plazos y traslados.
Escríbanos por WhatsApp indicando el rubro de la empresa, cuántos trabajadores tiene y qué le notificaron. Si tiene el contrato, la carta de despido o la resolución de multa, enviarlos permite responder con precisión, porque en esta materia todo se decide con documentos.
Indíquenos qué le notificaron y cuántos trabajadores tiene la empresa. Le decimos qué plazo corre y qué corresponde hacer.
Escribir por WhatsAppAviso: el contenido de esta página es orientación general sobre las obligaciones laborales del empleador en Chile y no constituye asesoría sobre un caso concreto. La procedencia de cada causal, el monto de los recargos y la validez de una desvinculación dependen de los antecedentes del contrato y de lo que resuelva el juzgado de letras del trabajo competente. Los plazos mencionados son legales y no admiten prórroga por acuerdo de las partes. Para la situación de su empresa en su comuna, escríbanos y la revisamos con la documentación a la vista.